USHUAIA.- El jueves 25 de septiembre de 2025, la Caja de Previsión Social de la Provincia de Tierra del Fuego (CPSPTF) emitió una Cédula de Notificación a la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF), con domicilio en Alfonsina Storni 2147, dirigida al Área de Recursos Humanos. En la misiva, se informa sobre la concesión del beneficio jubilatorio a una agente de la Obra Social.
La notificación se efectuó en el marco del Artículo 8° de la Ley Provincial 1210 y el Artículo 69 del Decreto PEP 1501/23. El agente beneficiado es la Sra. Mariana Silvina Hruby (DNI N° 22.697.948), cuyo expediente de registro en la CPSPTF es el Letra "H" N° 2430/2024, según consta en la Disposición de Presidencia CPSPTF N° 1662/2025. Se destaca que se ha informado de este acto administrativo al Gobierno de Tierra del Fuego.
El Artículo 1° de la Disposición de Presidencia 1662/2025, firmada digitalmente por el Presidente de la Caja, Roberto Bogarin, establece la concesión del beneficio de jubilación ordinaria a la Sra. Hruby, de acuerdo a lo establecido en los artículos 21 de la Ley 561 y sus modificatorias.
Además, el Artículo 2° de la Disposición determina que el empleador debe ser notificado del contenido de la reglamentación prevista para el Artículo 69 de la Ley 561 en el Decreto P.E.P. N° 1501/2023, que fija la regla de la automaticidad del alta del beneficio.
Un punto a tener en cuenta es el Artículo 4°, el cual estipula que el presente beneficio es incompatible con otros de carácter graciable o no contributivo, o con el desempeño de actividades en relación de dependencia, salvo la docencia e investigación en el ámbito universitario. Esta incompatibilidad se establece en los artículos 51 y siguientes de la Ley (p) N° 561, y los artículos 66 y 67 de la Ley 561.
Finalmente, el Artículo 5° ordena registrar y notificar a la beneficiaria, otorgándole un plazo de diez (10) días hábiles administrativos para interponer el recurso de reconsideración, o noventa (90) días hábiles judiciales para la correspondiente acción contencioso administrativa, tras agotar la instancia administrativa.