Ante la falta de definiciones, la mujer decidió presentar una acción de amparo para que el Estado provincial se pronunciara sobre su pedido. Sin embargo, mientras el proceso judicial se encontraba en trámite, la administración finalmente emitió una resolución sobre la solicitud.
A raíz de esta situación, el Tribunal entendió que el conflicto había quedado sin objeto actual, aunque dejó asentado que la demora administrativa para responder resultó injustificada. Según señalaron los jueces, fue precisamente esa falta de respuesta la que llevó a la solicitante a recurrir a la Justicia para obtener una definición.
En la resolución también se hizo referencia a la condición de vulnerabilidad de la mujer, remarcando que las personas con discapacidad requieren respuestas más ágiles y efectivas por parte del Estado.
En ese marco, el Tribunal resolvió que la Provincia deberá afrontar las costas del proceso, al considerar que la intervención judicial fue consecuencia directa de la actuación tardía de la administración.
Asimismo, se fijaron los honorarios del abogado que representó a la amparista, ya que su trabajo fue clave para que la solicitante lograra finalmente el otorgamiento de la pensión, aunque la decisión administrativa se adoptó fuera del expediente judicial.