Una decisión judicial volvió a poner en el centro del debate el funcionamiento de las plataformas de transporte en Ushuaia. La jueza correccional Felicitas Maiztegui Marcó resolvió declarar inconstitucionales las ordenanzas municipales 5283 y 6214, normas que prohibían la prestación de servicios de transporte mediante aplicaciones como Uber y establecían multas para quienes trabajaran con ellas.
El fallo implica que no podrán aplicarse sanciones a conductores que operen mediante la plataforma, al menos en los casos analizados por la Justicia, y deja sin efecto las multas que el Juzgado de Faltas municipal había impuesto a varios choferes.
La resolución surgió tras la apelación presentada por conductores sancionados por prestar servicios de transporte de pasajeros a través de aplicaciones, quienes cuestionaron la constitucionalidad de las normas que prohibían esta actividad en la ciudad.
En su resolución, la magistrada sostuvo que el Concejo Deliberante no tiene competencia para prohibir la actividad por el simple hecho de que se contrate mediante una aplicación, y que las ordenanzas en cuestión no regulaban el transporte sino que directamente impedían su ejercicio.
Según el análisis judicial, las normas municipales vulneraban derechos constitucionales vinculados a:
el derecho al trabajo,
la libertad de ejercer una actividad lícita,
la libre competencia,
y el derecho de los consumidores a elegir servicios.
El fallo también remarca que la aparición de nuevas tecnologías genera nuevas formas de prestación de servicios, por lo que la respuesta del Estado debería ser la regulación y no la prohibición absoluta.
La controversia se remonta a la sanción de la Ordenanza 5283, que prohibía en Ushuaia la prestación de transporte urbano de pasajeros que no estuviera habilitado por el Municipio. Posteriormente, la Ordenanza 6214 actualizó el régimen sancionatorio y estableció multas y sanciones para quienes operaran mediante aplicaciones.
Las multas podían alcanzar 6000 unidades fijas y la inhabilitación para conducir por seis meses, según los expedientes que motivaron las apelaciones judiciales.
La sentencia del Juzgado Correccional declaró inconstitucional ese esquema sancionatorio y ordenó dejar sin efecto las resoluciones dictadas en esos expedientes.
La decisión judicial provocó una inmediata reacción en el Ejecutivo municipal. Tras conocerse el fallo, el intendente Walter Vuoto convocó a una reunión urgente con representantes de agencias de taxis y remises para analizar el impacto de la medida.
Desde el sector de taxis advirtieron que impulsarán una apelación del fallo junto al Municipio, al considerar que la resolución podría afectar el sistema de transporte habilitado y generar competencia desleal.
Para los trabajadores del sector tradicional, la expansión de aplicaciones como Uber sin un marco regulatorio específico podría provocar una caída en la actividad de taxis y remises, que operan bajo licencias municipales y exigencias regulatorias más estrictas.
Aunque el fallo representa un precedente importante, especialistas advierten que no significa necesariamente la habilitación plena de Uber en Ushuaia, ya que las ordenanzas continúan vigentes hasta que sean modificadas o eventualmente confirmadas o rechazadas por instancias judiciales superiores.
En ese escenario, el conflicto entre el sistema tradicional de transporte y las plataformas digitales continúa abierto.
Mientras algunos sectores plantean la necesidad de regular estas aplicaciones dentro del sistema de transporte urbano, otros sostienen que su avance sin controles podría generar desigualdad frente a los prestadores habilitados.
Lo cierto es que el fallo judicial vuelve a colocar en agenda una discusión que atraviesa a muchas ciudades del país: cómo adaptar la legislación local a las nuevas formas de movilidad que surgen a partir de las plataformas digitales.