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El Consejo de la Magistratura rechazó la denuncia contra el juez Löffler y descartó el jury - Red 23 Noticias - Tierra del Fuego

POLíTICA | 14 ABR 2026

RECHAZO CONTUNDENTE

El Consejo de la Magistratura rechazó la denuncia contra el juez Löffler y descartó el jury

El organismo concluyó que no existen elementos que configuren mal desempeño. La presentación del abogado Antonio César Petkos fue considerada infundada e improcedente tras un análisis técnico y jurídico del caso.




El Consejo de la Magistratura de Tierra del Fuego resolvió rechazar la denuncia presentada contra el juez del Superior Tribunal de Justicia, Ernesto Adrián Löffler, y con ello desactivó la posibilidad de avanzar hacia un proceso de jury en su contra. La decisión quedó plasmada en el Acta Nº 644, correspondiente a la sesión realizada el 14 de abril en la ciudad de Ushuaia.

 

El expediente tuvo origen en una presentación del abogado Antonio César Petkos, quien había solicitado el enjuiciamiento del magistrado por presunto mal desempeño en el marco de causas vinculadas al proceso de reforma constitucional. Sin embargo, tras el análisis preliminar previsto en el artículo 10 de la Ley Provincial Nº 525, el Consejo concluyó que los hechos denunciados no reúnen los requisitos mínimos para habilitar la apertura de un procedimiento de remoción.

 

El informe elaborado por la presidenta del organismo, Dra. Edith Miriam Cristiano, fue central en la resolución. Allí se sostiene que “los hechos denunciados, aun considerados en su máxima extensión, no configuran causal de enjuiciamiento”, criterio que luego fue acompañado por la mayoría de los consejeros tras el debate interno.

 

Entre los argumentos principales de la denuncia se señalaban tres ejes: una supuesta pérdida de imparcialidad del juez por haber emitido opiniones públicas sobre la reforma constitucional antes de intervenir en causas relacionadas; un vínculo familiar con el legislador Damián Löffler; y un presunto retardo en la tramitación de expedientes.

 

No obstante, el Consejo entendió que estos planteos carecen de sustento jurídico suficiente. En primer lugar, se destacó que muchas de estas cuestiones ya habían sido tratadas en sede judicial, particularmente en un incidente de recusación que fue analizado y desestimado por el propio Superior Tribunal de Justicia. En ese sentido, el acta advierte que no resulta válido reutilizar esos mismos argumentos como fundamento autónomo para promover un juicio político.

 

Respecto a las manifestaciones públicas del magistrado, el informe subraya que se trata de opiniones académicas o doctrinarias, las cuales están protegidas por la libertad de expresión y forman parte del debate jurídico. En consecuencia, “no constituyen causal de remoción, salvo que se traduzcan en conductas funcionales irregulares”, situación que no fue acreditada en este caso.

 

En cuanto al supuesto retardo en el trámite de las causas, el Consejo también descartó la existencia de irregularidades. Se explicó que los expedientes se desarrollaron en formato electrónico a través del sistema Kayen, lo que garantiza disponibilidad permanente, trazabilidad y acceso simultáneo para las partes, eliminando cualquier posibilidad de retención material. Además, se remarcó que se trataba de causas de alta complejidad institucional, lo que justifica tiempos de análisis más extensos dentro de un tribunal colegiado.

 

Otro punto relevante que surge del acta es que el procedimiento de enjuiciamiento tiene carácter excepcional y requiere la acreditación de causales tipificadas con un estándar elevado de convicción, lo que no se verificó en la presentación analizada.

 

Tras el tratamiento del expediente, y luego de un intercambio de posturas entre los consejeros, se resolvió rechazar la denuncia por resultar “infundada y jurídicamente improcedente”. La decisión contó con el acompañamiento mayoritario del cuerpo, consolidando el cierre del proceso en esta instancia preliminar.

 

De esta manera, el Consejo de la Magistratura dejó sin efecto el intento de avanzar con un jury contra el juez Löffler y ratificó que no existen elementos que permitan sostener una acusación por mal desempeño en los términos de la normativa vigente.