El dato adquiere relevancia en el marco del conflicto, ya que la medida impulsada por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación se fundamentó en presuntas falencias de seguridad. Sin embargo, el certificado —identificado como declaración N° 15/2024 y emitido en carácter de duplicado— establece que la Dirección Provincial de Puertos cumplía con el Capítulo XI-2 del Convenio SOLAS y con el Código PBIP.
En ese contexto, el presidente de la Dirección Provincial de Puertos, Roberto Murcia, sostuvo que ese documento ya estaba en conocimiento del organismo nacional. “ANPYN tenía el certificado y no trascendió”, afirmó.
El certificado acredita que la terminal operaba bajo un sistema integral de protección, con evaluación de riesgos, control de accesos y vigilancia de áreas sensibles, además de contar con un plan de protección aprobado. También establece una vigencia hasta el 29 de octubre de 2029.
Murcia explicó en FM Provincia además el proceso previo a la emisión del documento: “No teníamos más pendientes”, indicó en relación a las observaciones detectadas durante la inspección realizada días antes.
En la misma línea, remarcó: “El puerto estaba certificado hasta 2029”, al referirse al alcance temporal de la habilitación.
Sobre la circulación del certificado, señaló: “El certificado se lo habían dado a ANPYN”, y agregó que posteriormente se les informó que recibirían un duplicado.
Además, planteó la falta de respuestas institucionales: “Enviamos notas y no hay respuesta”.