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La Armada confirmó el ingreso y vuelve a quedar bajo la lupa el control del Congreso - Red 23 Noticias - Tierra del Fuego

GENERALES | 16 SEP 2026

MARINES ESTADOUNIDENSES EN USHUAIA

La Armada confirmó el ingreso y vuelve a quedar bajo la lupa el control del Congreso

Ocho integrantes de la Infantería de Marina de Estados Unidos permanecen en Ushuaia para realizar actividades de adiestramiento junto al BIM 4. La propia Armada Argentina confirmó que las tareas comenzaron el 8 de septiembre y se extenderán hasta el 22. El punto que vuelve a abrirse es el marco de autorización para el ingreso de tropas extranjeras y el rol que le corresponde al Congreso Nacional.




La presencia de personal militar estadounidense en Ushuaia dejó de ser una versión para convertirse en una confirmación oficial.

La Armada Argentina reconoció el ingreso de ocho integrantes de la Infantería de Marina de Estados Unidos (USMC) para realizar actividades junto al Batallón de Infantería de Marina Nº 4, con asiento en Ushuaia.

Según informó la propia fuerza, las actividades comenzaron el 8 de septiembre y se extenderán hasta el 22, bajo la denominación de un intercambio de expertos en zonas de clima frío. El programa contempla prácticas de baja montaña, frío extremo, utilización de crampones, esquí alpino, técnicas de cordada, autodetención y supervivencia en ambientes de montaña.

El dato adquiere una dimensión particular por el lugar donde se desarrolla: Ushuaia, Tierra del Fuego, en el extremo austral argentino, frente al Atlántico Sur y próxima al área de proyección antártica.

Y vuelve a poner sobre la mesa una cuestión que no es solamente militar, sino institucional: ¿bajo qué procedimiento se autorizó el ingreso de estos efectivos extranjeros al territorio argentino?

El Congreso y una atribución constitucional

El artículo 75, inciso 28, de la Constitución Nacional establece entre las atribuciones del Congreso la de permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio de la Nación y la salida de las fuerzas nacionales fuera de él.

La Ley 25.880, además, establece el procedimiento para esas autorizaciones y contempla un régimen específico para las ejercitaciones combinadas.

En el caso de actividades militares combinadas, la normativa prevé que el Poder Ejecutivo remita al Congreso el programa de ejercicios para su autorización. También contempla excepciones puntuales para determinadas actividades, entre ellas cuestiones protocolares, catástrofes naturales, búsqueda y rescate y determinadas actividades de instrucción de institutos militares.

La discusión actual pasa precisamente por determinar en cuál de esos supuestos encuadra la presencia de los ocho militares estadounidenses que actualmente se encuentran en Ushuaia.

La información oficial de la Armada habla de un intercambio de expertos y de actividades de adiestramiento con personal del BIM 4.

Pero el interrogante institucional permanece abierto: si se trata de tropas extranjeras realizando actividades de entrenamiento militar en territorio argentino, ¿qué instrumento autorizó específicamente su ingreso y permanencia?

Un antecedente que vuelve inevitable la comparación

La pregunta no aparece en el vacío.

En septiembre de 2025, el Poder Ejecutivo autorizó mediante el Decreto 697/2025 el ingreso de personal y medios de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos para el ejercicio denominado Tridente, que contemplaba actividades en las bases navales de Mar del Plata, Puerto Belgrano y Ushuaia.

Aquella decisión generó una fuerte controversia política y jurídica porque el ingreso de tropas extranjeras había sido dispuesto mediante decreto y no a través de una ley aprobada previamente por el Congreso.

Incluso una denuncia presentada ante la Justicia cuestionó aquella modalidad. La causa fue posteriormente archivada en junio de 2026, luego de que la jueza María Eugenia Capuchetti considerara que el decreto cuestionado se encontraba dentro de las atribuciones del Poder Ejecutivo.

Es decir, existe un antecedente concreto y reciente sobre el que todavía persisten diferentes interpretaciones respecto del alcance de las facultades del Ejecutivo y del Congreso.

Ahora son ocho, pero la discusión es mucho más amplia

Lo ocurrido en septiembre vuelve a poner el foco sobre una dinámica que viene registrándose en Tierra del Fuego.

Según información publicada en los últimos días, se han registrado rotaciones de personal estadounidense y actividades de entrenamiento junto al BIM 4 durante los últimos años. La información oficial actualmente disponible confirma, para este septiembre, la presencia de ocho marines estadounidenses y un programa de adiestramiento de dos semanas.

El interrogante adquiere todavía mayor dimensión si se observa el conjunto de la cooperación militar entre Argentina y Estados Unidos.

En junio de 2026 finalizó Daga Atlántica, un ejercicio conjunto y combinado de Fuerzas de Operaciones Especiales desarrollado durante 42 días en Buenos Aires y Córdoba, con participación de efectivos argentinos y estadounidenses. El Ministerio de Defensa informó que participaron más de 350 efectivos directa e indirectamente y que intervinieron integrantes del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea Argentina.

Y en julio de este año el Gobierno autorizó la participación argentina en PANAMAX 2026, un ejercicio multinacional organizado bajo el liderazgo del Comando Sur de Estados Unidos. Argentina desplegó hasta 56 efectivos, incluyendo integrantes del Comando Conjunto de Operaciones Especiales de las tres Fuerzas.

La pregunta que queda del otro lado

La cooperación militar internacional no es nueva y Argentina participa habitualmente de ejercicios combinados con distintos países.

Pero frente al creciente número de actividades conjuntas con Estados Unidos, aparece una pregunta que también merece una respuesta oficial:

¿Cuántos ejercicios militares realiza el Ejército Argentino en territorio de Estados Unidos?

¿Con qué frecuencia viajan efectivos argentinos a bases estadounidenses? ¿Qué cantidad de personal participa? ¿Qué unidades intervienen? ¿Cuáles son los objetivos de esas actividades? ¿Y bajo qué mecanismos son autorizadas las salidas de tropas nacionales del territorio argentino?

La legislación argentina establece un procedimiento tanto para el ingreso de tropas extranjeras como para la salida de fuerzas nacionales.

Por eso, el debate no debería reducirse solamente a la presencia de ocho marines en Ushuaia.

La cuestión de fondo es qué nivel de control institucional existe sobre el movimiento de fuerzas militares extranjeras dentro del territorio argentino y de tropas nacionales fuera del país.

Ushuaia vuelve a quedar en el centro

La presencia de efectivos estadounidenses en Ushuaia se produce además en un escenario estratégico particularmente sensible para la Argentina.

Tierra del Fuego es parte del Atlántico Sur, constituye la puerta de acceso hacia la Antártida y se encuentra atravesada por la cuestión Malvinas y por los intereses geopolíticos de diferentes potencias.

Por eso, cada actividad militar extranjera que se desarrolla en territorio fueguino adquiere una dimensión que excede el entrenamiento específico de una unidad.

La Armada ya confirmó la presencia. Ahora queda por conocer con precisión cuál fue el instrumento que habilitó el ingreso de estos efectivos, qué alcance tiene la actividad y qué participación tuvo el Congreso Nacional en esa autorización.

Y, del otro lado de la ecuación, queda una pregunta igualmente concreta: si Argentina abre sus bases y sus territorios estratégicos para ejercicios con Estados Unidos, ¿cuántas veces y bajo qué condiciones las Fuerzas Armadas argentinas realizan ese mismo tipo de entrenamiento en territorio estadounidense?

Son preguntas institucionales que, en una República, tienen una respuesta que debería estar al alcance de todos.