

La decisión fue tomada tras la presentación del Fiscal de Estado subrogante, Dr. Antonio Petkos, quien, con patrocinio letrado, solicitó el apartamiento de Löffler por supuestas manifestaciones públicas que demostrarían una actitud de «prejuzgamiento» y “enemistad manifiesta” hacia la reforma y la actual gestión gubernamental.
La recusación se planteó en los autos «Lechman, Jorge Andrés c/ Provincia de Tierra del Fuego AelAS s/ Acción Meramente Declarativa» y la causa acumulada «Rossi, Paulino Baltazar Jesús c/ Provincia de Tierra del Fuego AelAS s/ Acción de Inconstitucionalidad». El planteo fue motivado, según la parte recusante, por expresiones realizadas por el juez en medios de comunicación en 2023 y por su presunta conducta obstructiva dentro del expediente, que habrían puesto en duda su imparcialidad.
Tales declaraciones, concretamente, fueron efectuadas por Löffler durante una entrevista exclusiva concedida a Radio Fueguina, en cuyo marco tuvo expresiones terminantes en contra de la reforma de la carta magna.
Löffler rechazó los cargos en su contra y solicitó que la recusación fuera desestimada por «extemporánea», alegando que los hechos invocados por el Fiscal de Estado ocurrieron fuera del plazo legal establecido. Asimismo, defendió su actuación dentro del expediente y negó haber emitido opinión anticipada o haber actuado con hostilidad hacia alguna de las partes.
Pese a ello, el Tribunal consideró que las circunstancias denunciadas generaban una legítima sospecha sobre la imparcialidad del magistrado y que, dada la naturaleza institucional de la causa —que involucra a los tres poderes del Estado y ha motivado incluso habilitaciones de feria judicial—, era imprescindible garantizar un mayor estándar de objetividad, transparencia y confianza pública.
“Resulta adecuado hacer lugar al pedido de recusación del colega (…) en aras de privilegiar los ámbitos conceptuales y axiológicos (…) y fortalecer principios y valores constitucionales que este Tribunal se encuentra obligado a proteger”, expresa la resolución.
Los jueces resaltaron además que el temor de parcialidad, en este contexto, estaba fundado en elementos objetivos y concretos, que justificaban el apartamiento del magistrado más allá de valoraciones personales.
Con esta decisión, el Superior Tribunal de Justicia no realiza una valoración subjetiva sobre el accionar del Dr. Löffler, sino que privilegia el debido proceso y la percepción de imparcialidad del órgano judicial.
Fuente: Radio Fueguina