

Durante una entrevista en FM Provincia, el abogado y ex legislador provincial Manuel Raimbault brindó un extenso análisis jurídico sobre el reciente fallo del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Tierra del Fuego, que habilitó la continuidad del proceso de reforma constitucional. Si bien consideró que el fallo en cuanto al fondo “es correcto”, cuestionó con dureza el procedimiento que lo originó y la legitimidad de la acción judicial que mantuvo paralizadas las elecciones durante más de un año.
“Es un fallo correcto dictado en un proceso que nunca debió haberse transitado”, sostuvo Raimbault, al advertir que el mecanismo elegido —una acción declarativa de inconstitucionalidad— fue mal aplicado. Según explicó, la demanda se presentó fuera del plazo de 30 días que establece la ley y, además, apuntó que “el STJ dictó una medida cautelar que paralizó a otro juzgado, algo expresamente inadmitido en nuestra doctrina”.
En ese sentido, criticó que el proceso se haya iniciado directamente en el Superior Tribunal sin pasar por primera instancia, y señaló que, al no cumplir los requisitos formales, “nunca debió haberse admitido”.
Respecto a la legitimación del legislador Jorge Lechman como demandante, Raimbault fue tajante: “Se le dio carácter de acción colectiva y se lo consideró representante de toda la sociedad fueguina, lo cual es sumamente discutible”. En esa línea, explicó que “nadie votó a Lechman para que me represente en una causa judicial. Lo eligieron para legislar, no para restringir el derecho al voto”.
Además, calificó como “muy grave” que el fallo de la medida cautelar se basara en una suposición del posible contenido de la reforma constitucional: “La sentencia dice que la profundidad y el alcance de la reforma propiciada podría modificar el diagrama institucional. ¿Desde cuándo el Poder Judicial puede suspender una elección por lo que presume que votará el pueblo?”.
También consideró que hubo una “injerencia del STJ que va más allá del rol judicial”, al establecer un plazo de 210 días para que el Ejecutivo emita un nuevo decreto de convocatoria. “En una acción declarativa, el tribunal sólo puede decir si algo es constitucional o no. No puede legislar ni fijar plazos. Ese punto del fallo es un error que debería corregirse”, afirmó.
Finalmente, remarcó que el proceso judicial alteró el orden democrático: “No es lo mismo resolver rápido que sostener una medida cautelar por más de un año con una legitimación que no correspondía. Eso afectó el derecho de toda la ciudadanía”.
Para Raimbault, la causa judicial que frenó el proceso reformista fue un error desde el inicio: “El fondo es válido, pero el camino fue equivocado. Y en Derecho, el orden de los pasos sí altera el producto”.