

El pronunciamiento, firmado por los jueces Aníbal Acosta y Sergio Pepe, cerró de manera definitiva una causa que generó alto impacto institucional en el Poder Judicial fueguino. Según se desprende de la resolución, las imágenes que motivaron la denuncia no constituían material ilícito, sino archivos vinculados a una investigación penal en la que Leonelli había intervenido, y que fueron subidos automáticamente a la nube al realizar una copia de respaldo de su trabajo.
Los peritajes informáticos confirmaron que los archivos provenían de expedientes judiciales y que nunca fueron compartidos ni difundidos fuera del ámbito del trabajo del magistrado. Por ese motivo, la Fiscalía había solicitado el cierre del caso por inexistencia de delito, pero la jueza Barrionuevo optó por archivar las actuaciones sin dictar un sobreseimiento, una decisión que la Cámara calificó como improcedente.
El camarista Acosta sostuvo que el archivo “no reparaba el daño causado” ni restituía plenamente el honor del imputado, y señaló que correspondía un sobreseimiento con efectos de cosa juzgada. “La investigación alcanzó certeza plena sobre la inexistencia de delito; mantenerla abierta implicaría vulnerar derechos fundamentales del juez investigado”, enfatizó.
Por su parte, el juez Pepe destacó la dimensión institucional del caso y afirmó que “cuando se demuestra que el Estado persiguió penalmente a un magistrado sin fundamento, es el propio Estado quien debe declarar su inocencia con claridad y reparar el daño a su honor”.
Además del sobreseimiento, la Cámara formuló severos cuestionamientos a Barrionuevo por la inclusión de expresiones personales en su resolución, que calificó como “inapropiadas” y “ajenas al decoro judicial”. En particular, los camaristas reprocharon que la jueza atribuyera intenciones de amedrentamiento o animosidad a colegas sin base objetiva.
Acosta advirtió que “formular pretensiones procesales que luego se rechacen no implica mala fe” y recordó que el respeto al derecho de defensa es un principio esencial. Pepe, en tanto, observó demoras injustificadas en la producción de una pericia informática clave y rechazó los intentos de la magistrada de deslindar su responsabilidad.
Finalmente, la Cámara dispuso el sobreseimiento pleno de Andrés Leonelli, con la expresa declaración de que el proceso no afectó su buen nombre y honor, y exhortó a la jueza Barrionuevo a mantener la mesura y el decoro propios de su función.
El fallo cierra definitivamente un expediente que, según los camaristas, “nunca debió prolongarse” y deja sentada una advertencia sobre la necesidad de prudencia institucional en las investigaciones que involucran a miembros del Poder Judicial.