En un dictamen firmado por el juez federal interviniente, se dejó en claro que la acción presentada no acreditó la urgencia necesaria para habilitar el tratamiento del caso durante la feria, al tratarse de una acción meramente declarativa de inconstitucionalidad. En ese sentido, el magistrado fue categórico al señalar que no se encontraron razones excepcionales que justifiquen apartarse del trámite judicial ordinario.
Pero esa no fue la única observación. El juez también advirtió que la Provincia no fundamentó adecuadamente la competencia del fuero federal para intervenir en el caso, dejando abierta la posibilidad de que la cuestión corresponda a la competencia originaria y exclusiva de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tal como lo establece la Constitución Nacional. Por ese motivo, ordenó dar intervención previa al Ministerio Público Fiscal para que se expida sobre este punto central.
Otra de las falencias señaladas tiene que ver con la legitimación del Gobernador para presentarse judicialmente sin la intervención de la Fiscalía de Estado. El magistrado consideró necesario que la Fiscalía Federal “Ad Hoc” analice si el mandatario provincial contaba efectivamente con facultades suficientes para accionar de manera autónoma, sin la asistencia o representación del órgano legal correspondiente.
A esto se suma una observación de carácter formal pero no menor: el juez remarcó que el abogado apoderado de la Provincia, Emiliano Fossatto, debe acreditar matrícula habilitante para actuar ante la Justicia Federal, un requisito indispensable para litigar en ese ámbito.
En conjunto, las observaciones judiciales dejan al descubierto una presentación poco prolija, con errores básicos tanto en el plano formal como en el jurídico. Si bien la demanda no fue rechazada, su avance quedó condicionado a que se subsanen las falencias detectadas y a que se expida previamente el Ministerio Público Fiscal.
El inicio del proceso, lejos de fortalecer la posición del Gobierno provincial, expuso debilidades en la estrategia judicial elegida, obligando a recalcular el camino en una causa de alto impacto político e institucional. Mientras tanto, la intervención cuestionada sigue vigente y la definición de fondo, al menos por ahora, deberá esperar.
