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Se firmó la revisión de la paritaria mercantil nacional y ahora debe adecuarse a nivel local - Red 23 Noticias - Tierra del Fuego

GENERALES | 7 DIC 2025

EMPLEADOS DE COMERCIO

Se firmó la revisión de la paritaria mercantil nacional y ahora debe adecuarse a nivel local

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron un nuevo acuerdo en el marco de la paritaria para la actividad mercantil. Las partes acordaron un nuevo incremento en forma de suma fija no remunerativa y una cláusula de revisión para el mes de marzo de 2026. Como sucede habitualmente a nivel local, el Centro de Empleados de Comercio de Río Grande y la Cámara deberán definir como se aplicará en la zona.




A nivel nacional, las partes pactaron otorgar una suma fija no remunerativa de $ 60.000 (Art. 6, Ley 24.241), en carácter de recomposición, a abonarse en cada uno de los meses de diciembre, enero, febrero y marzo, y que se extingue con el pago mensual de cada una de ellas, con excepción de los últimos $ 60.000 –correspondientes al mes de marzo de 2026– los cuales se incorporarán a los básicos en su valor nominal en el mes de abril de 2026.

Asimismo, se acordó extender hasta el mes de marzo de 2026 inclusive la suma fija no remunerativa de $ 40.000 que había sido previamente acordada por las partes intervinientes el 26 de junio de 2025, en los mismos términos y con los idénticos alcances.

Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de julio de 2025 y hasta el 30 de abril de 2026, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de marzo de 2026 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.

Igualmente, desde las propias Cámaras aclararon que “los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación”.