martes 25 de agosto de 2026 - Edición Nº2820

Generales | 25 ago 2026

¿Quién dejó entrar al petrolero británico?

El ingreso de un buque petrolero desafía los alcances de la Ley Gaucho

10:51 |La llegada del VS Promise al puerto de Ushuaia volvió a poner en el centro de la discusión una norma que desde hace 15 años forma parte del entramado jurídico de Tierra del Fuego vinculado con la defensa de la soberanía sobre las Islas Malvinas: la Ley Provincial 852, conocida como Ley Gaucho Rivero.


El episodio adquiere una dimensión particular porque el buque tanque, de unos 229 metros de eslora y con capacidad de porte cercano a las 70.000 toneladas, registró previamente actividad en la terminal de Río Cullen, vinculada a la carga de hidrocarburos, antes de dirigirse a Ushuaia. Los registros marítimos consultados por Red 23 Noticias permiten reconstruir ese recorrido, aunque todavía existen interrogantes sobre el volumen de crudo cargado, el contratante del buque, el destino comercial del petróleo y el motivo preciso de su escala en la capital fueguina.

En las últimas horas, además, el Gobierno de Tierra del Fuego cuestionó públicamente la operación y reclamó explicaciones al Gobierno nacional sobre los criterios políticos, estratégicos y administrativos utilizados para autorizarla.

Pero para comprender la dimensión del conflicto es necesario volver al texto de la Ley Gaucho Rivero.

Una ley sancionada hace 15 años para defender los recursos y la soberanía

La Ley 852 fue sancionada por unanimidad por la Legislatura de Tierra del Fuego el 25 de agosto de 2011, en un contexto de fuerte preocupación por las actividades hidrocarburíferas desarrolladas alrededor de las Islas Malvinas y por la utilización de puertos argentinos como puntos de apoyo logístico para esas operaciones.

Su primer artículo reafirma los derechos argentinos sobre Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, considerados parte integrante del territorio provincial conforme al marco establecido por la legislación nacional.

Pero es el artículo 2° el que concentra hoy la atención.

La norma establece la prohibición de la “permanencia, amarre o abastecimiento u operaciones de logística” en territorio provincial de buques de bandera británica o de conveniencia que realicen determinadas actividades vinculadas con la exploración o explotación de recursos naturales, así como de buques militares, dentro del ámbito de la Cuenca de las Islas Malvinas sobre la Plataforma Continental Argentina.

Y aquí aparece el punto central del debate actual.

La ley no prohíbe automáticamente cualquier barco británico

La discusión sobre el VS Promise obliga a hacer una precisión que resulta fundamental.

La Ley Gaucho Rivero no establece simplemente que todo barco que tenga bandera británica tenga prohibido ingresar a cualquier puerto fueguino en cualquier circunstancia.

El artículo 2° vincula la prohibición con determinadas actividades: exploración, explotación de recursos naturales, operaciones logísticas relacionadas con ellas y actividad militar, dentro del ámbito de la Cuenca de Malvinas sobre la plataforma continental argentina.

Por eso, para determinar si una operación concreta está alcanzada por la norma no alcanza solamente con mirar la bandera del buque.

Hay que conocer qué actividad estaba realizando, cuál era su operación comercial, quién la contrató, cuál era el origen y destino de la carga y qué tipo de servicio recibió en el puerto.

Y justamente buena parte de esa información todavía no fue difundida públicamente respecto del VS Promise.

El dato que vuelve particularmente sensible al caso

La situación del petrolero no puede analizarse aisladamente.

El VS Promise estuvo previamente en Río Cullen, una terminal vinculada a la actividad hidrocarburífera de Tierra del Fuego, y posteriormente apareció en Ushuaia. Red 23 Noticias pudo reconstruir esa secuencia a partir de registros de navegación.

La Provincia también confirmó públicamente que el buque había estado en la zona norte de la isla antes de llegar a la capital fueguina y reclamó conocer quién autorizó la operación y bajo qué criterios.

Esto vuelve especialmente relevante determinar qué servicio recibió el buque en Ushuaia.

Si se trató simplemente de una escala técnica, las autoridades deberían explicar las características de esa operación.

Si hubo abastecimiento, provisión de servicios, logística, mantenimiento u otra prestación vinculada con su actividad hidrocarburífera, el análisis jurídico necesariamente adquiere otra dimensión.

Y si además existiera una vinculación comprobable entre la actividad del buque y operaciones relacionadas con la explotación de recursos en áreas alcanzadas por la Ley 852, la discusión sobre la aplicación de la norma sería todavía más profunda.

Un antecedente que demuestra que la ley no es meramente declarativa

La Ley Gaucho Rivero ya tuvo aplicación concreta en Ushuaia.

En 2012, durante la gestión de Fabiana Ríos, la Provincia impidió el ingreso de cruceros británicos luego de considerar que quedaban comprendidos dentro de las restricciones de la Ley 852. El caso generó una fuerte controversia política y con el sector turístico, precisamente porque abrió una discusión sobre hasta dónde llegaba el alcance de la normativa.

Ese antecedente resulta importante porque demuestra que la ley fue concebida como una herramienta operativa y no solamente como una declaración de soberanía.

También explica por qué cada vez que una embarcación vinculada con intereses británicos aparece en un puerto fueguino la norma vuelve al centro del debate.

¿Quién debe hacer cumplir la Ley Gaucho Rivero?

Aquí aparece otro de los aspectos más delicados del episodio.

La Ley 852 es una norma provincial y se refiere al territorio provincial. Pero el Puerto de Ushuaia se encuentra actualmente bajo intervención del Gobierno nacional a través de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN), una situación que la Provincia cuestiona judicialmente. El Ejecutivo fueguino utilizó precisamente el episodio del VS Promise para volver a reclamar el levantamiento de esa intervención y la restitución de la administración portuaria a la Provincia.

Así, el caso del petrolero introduce una segunda discusión además de la estrictamente vinculada con Malvinas:

¿Qué ocurre cuando una norma provincial de defensa de la soberanía debe ser aplicada sobre una terminal portuaria cuya administración se encuentra actualmente bajo intervención federal?

Es una pregunta que las autoridades deberán responder.

La bandera también requiere una precisión

El VS Promise aparece actualmente identificado en distintas plataformas marítimas bajo bandera del Reino Unido, mientras que registros históricos lo vinculan con la Isla de Man, dependencia de la Corona británica.

Este dato también es relevante porque la Ley 852 no habla únicamente de buques de bandera británica, sino también de “banderas de conveniencia”.

Por lo tanto, la discusión no puede reducirse a determinar si el buque lleva formalmente la bandera del Reino Unido: también debe analizarse su registro y las características jurídicas de la bandera bajo la cual opera.

Una norma que vuelve a cobrar actualidad

A 15 años de su sanción, la Ley Gaucho Rivero vuelve a ocupar un lugar central en la agenda fueguina.

La presencia de un petrolero de gran porte identificado con intereses británicos en el puerto de la ciudad que se encuentra más cerca de las Islas Malvinas genera inevitablemente preguntas sobre soberanía, recursos naturales, actividad hidrocarburífera y control de los puertos argentinos del Atlántico Sur.

Pero también obliga a discutir con precisión jurídica qué establece realmente la norma.

El punto no es solamente si un barco británico ingresó a Ushuaia.

El verdadero interrogante es qué actividad realizó, qué servicios recibió, quién autorizó esas operaciones y si esas acciones se encuentran comprendidas dentro de las restricciones que establece la Ley Provincial 852.

Por ahora, hay elementos suficientes para exigir explicaciones, pero no todos los datos necesarios para afirmar que la Ley Gaucho Rivero fue violada.

Y justamente allí está la cuestión que deberá ser esclarecida: si la norma fue aplicada, si correspondía aplicarla y, en caso de no haberlo hecho, quién tomó la decisión y bajo qué fundamento.

La pregunta que queda abierta

El caso del VS Promise deja planteada una pregunta que excede a este buque en particular:

¿Puede una embarcación alcanzada por las restricciones de la Ley Gaucho Rivero recibir servicios, abastecimiento u operaciones logísticas en Ushuaia mientras desarrolla una actividad hidrocarburífera vinculada con Tierra del Fuego?

La respuesta no debería surgir de interpretaciones políticas ni de lecturas parciales del episodio. Debe surgir de la documentación de la operación, las autorizaciones otorgadas y la aplicación concreta del texto de la Ley 852.

Y en un territorio cuya propia Constitución y legislación tienen incorporada la cuestión Malvinas como una política de Estado, la discusión difícilmente pueda quedar limitada a una cuestión administrativa portuaria.

El VS Promise volvió a poner sobre la mesa una norma que lleva 15 años esperando, en definitiva, que las autoridades expliquen hasta dónde llega su alcance y quién tiene la obligación de hacerla cumplir.

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