RIO GRANDE.- Este viernes, el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego dictó el sobreseimiento definitivo de S.S.M.A., quien cumplía una condena de 23 años de prisión por delitos contra la integridad sexual de dos menores y llevaba cinco años detenido.
La resolución se produjo luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejara sin efecto en agosto la decisión del máximo tribunal fueguino y ordenara emitir un nuevo pronunciamiento de acuerdo con el criterio establecido en el precedente “Ilarraz”.
En ese caso, resuelto el 1° de julio de 2025, la Corte Suprema declaró prescripta la acción penal contra el sacerdote Justo José Ilarraz y dispuso su sobreseimiento. El máximo tribunal consideró aplicable el plazo de prescripción previsto por el artículo 62, inciso 2°, del Código Penal.
A partir de ese antecedente y del planteo presentado por la defensa oficial de S.S.M.A., el Superior Tribunal provincial había dispuesto su libertad aproximadamente un mes y medio antes del nuevo pronunciamiento. En esa oportunidad se establecieron reglas de conducta y medidas destinadas a proteger a las víctimas de la causa.
S.S.M.A. había sido condenado en 2021 a 23 años de prisión y permaneció detenido durante cinco años. La posterior decisión de la Corte Suprema obligó al tribunal fueguino a revisar la cuestión vinculada con la prescripción de la acción penal.
Con el sobreseimiento definitivo dictado este viernes, quedaron levantadas las medidas cautelares que pesaban sobre S.S.M.A.
Según la información difundida sobre la resolución, el hombre abandonó la provincia y regresó a Uruguay luego de quedar desvinculado definitivamente de la causa.
El antecedente establecido por la Corte Suprema en el caso Ilarraz fue el fundamento jurídico utilizado para revisar la situación procesal. La decisión del máximo tribunal nacional determinó la prescripción de la acción penal en aquella causa y ordenó el sobreseimiento del condenado.