

Por: Ramón Taborda Strusiat
Río Grande.- El contador Ramón Gallardo resumió en Radio La Red el Decreto 594/2023 y destacó que en sus fundamentos menciona a los decretos 727/2021 y 725/2021 que son los que otorgaron la prorroga al sector industrial.
Reconoce que estas industrias poseen 900 empleados un 10% de los empleos registrados de la provincia de Tierra del Fuego.
También menciona que el Poder Ejecutivo Nacional ha realizado un pormenorizado análisis de lo que denomina Gastos Tributarios, los cuales tienen su origen, entre otras razones, a la normativa vigente en materia promoción industrial de Tierra del Fuego y que ha raíz de ello se ha destacado la necesidad de comenzar a tomar medidas que tiendan a la reducción gradual de los beneficios promocionales, en criollo a su eliminación en el tiempo.
Dicho esto, prorroga por 5 años los beneficios impositivos y aduaneros de las textiles desde el 31/12/2023 hasta el 31/12/2028 pudiendo la Secretaria de Industria de Nación mediante resolución fundada, prorrogarla por otros 5 años más, o sea hasta el 31/12/2033.
Para adherirse las empresas tienen plazo hasta el 30/11/2023 y deben:
* Renunciar expresamente a todo reclamo administrativo y/o judicial que tengan contra el estado provincial o nacional;
* Estar al día con las obligaciones tributarias y previsional;
* Cumplir con el aporte al FAMP desde el 01/01/2022 o sea el 15% del IVA, es decir 3,15%;
* Cuenten con proyectos vigentes al 23/10/21 -tener una Acreditación de Origen-;
* Cumplan con los procesos productivos mínimos.
* Hasta tanto no sea aprobada la adhesión, podrán exportar sus productos desde el 01/01/2024 pero con garantía -Seguro de Caución-. Si la adhesión es rechazada, se ejecutan las mismas, caso contrario se devuelven con un costo adicional, la caución. Pero además les reducen los incentivos promocionales a partir del año 2.025 en un 2,30% anual llegando al año
Ahora bien, ¿a qué incentivos promocionales se refiere?
Hay que remitirse a la separata del presupuesto 2024 que menciona:
* Liberación IVA Ventas y Compras 0,12%
* Exención Impuesto a la Ganancias 0,07%
* Exención Derechos de Importación 0,07%
* Alícuota reducida de impuestos internos porque no los tienen.
Con relación al IVA, deben aportar un 15% o sea un 3,15% al igual que el resto de empresas del subrégimen industrial (dice en los términos y condiciones del art. 4 del decreto 727/21) por lo tanto será retroactivo al 01/01/2022 y la distribución del aporte será la misma 40% y 60%.
Pero además le reducen en un 2,30% a partir del año 2.025 en forma acumulativa los incentivos promocionales relacionados con la exención de Impuesto a las Ganancias y la exención de los Derechos de Importación.
A esto debe agregarse que a través de la Ley Provincial 2.498 y su Decreto 2.488/23 del 30/09/2023 se le aumenta en un 100% la Tasa de Verificación de procesos productivos. Antes pagaban una tasa del 1,80% y ahora es del 3,60%.
En qué consiste esto y cómo se calcula. Sobre lo que produce cada empresa en el mes se lo multiplica por el último precio de salida de ese producto y sobre ello se aplica el 3,60%. Esto se realiza a través del Formulario NT500.
Dice que la Secretaria de Industria podrá dictar las resoluciones aclaratorias y/o complementarias. Habrá que ver si es como lo expreso yo.
Además dice que la Secretaría de Industria podrá efectuar auditorias respecto a aspectos productivos, entre otros, que la existencia de insumos se corresponda con lo que producen y venden. Podrá celebrar convenios con el INTI. Estarán monitoreadas, como en el caso BARPLA.
Por último, se modifica la integración de la Comisión del Área Aduanera Especial (CAAE) perdiendo su banca la Municipalidad de Río Grande y Ushuaia, aumentando el número de integrantes de
No tiene presencia ningún representante de las textiles ni de otros sectores.
Hasta el 30/11/2023 podrán solicitar la sustitución de productos en el marco del Decreto 479/95 para agroquímicos, fertilizantes, herbicidas, plagicidas.